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Rol constitucional de las fuerzas armadas

Fecha de publicación 09 - 12 - 2021

El Gral. Brig. Manuel Rodríguez Sosa, comandante del Comando de Institutos Militares de enseñanza del ejército y Director General del instituto de enseñanza de Educación Superior y tiene bajo su mando a ocho instituciones de enseñanza deformación secundaria como el instituto de formación Liceo Militar Acosta Ñu y otras instituciones como la escuela de grado de perfeccionamiento de oficiales y la escuela de estado mayor.   Estuvo como disertante invitado por la carrera de relaciones internacionales para hablar del rol constitucional de las fuerzas armadas de la nación.

Especializado en planificación estratégica nacional CEPEM por el instituto de altos estudios estratégicos y IAEE, con maestría en planificación y conducción estratégica nacional, especialización en didáctica superior militar por el centro de capacitación pedagógica del CIMEE, se adentró a la compartir con los estudiantes de la carrera de relaciones internacionales.

El general Rodríguez Sosa inicio su exposición con el nacimiento de la patria misma porque los próceres ya habían utilizado las estrategias militares para la conquista de la patria libre y soberana y la principal prioridad de Rodríguez de Francia fue preparar a las fuerzas armadas y logro adherir a 7.500 soldados activos porque era necesaria consolidar la incipiente independencia.  

Explicó qué en el gobierno de Carlos Antonio López el 26 de agosto de 1845 por medio del decreto N° 23 el organizó las instituciones de la república y entre ellas el ejército nacional dictando una ley en la que fueron creados el ejército de línea la guardia nacional y marina con el objetivo de mejorar su organización y potenciar su capacidad de defensa frente a las diversas situaciones sugeridas en la época.

Antes de empezar el desarrollo del tema explicó el concepto de independencia, que según la ley número 1337 la existencia de la república del Paraguay en la comunidad internacional como un estado regido único y libremente por su Constitución Nacional los tratados internacionales vigentes de acuerdo con lo establecido en el artículo 141 de la Constitución Nacional, sus leyes y autoridades.

En otra parte explicó sobre la soberanía qué es el poder supremo del estado por sobre cualquier otra institución u organización de cualquier naturaleza sin más límite que lo establecido en la constitución y las leyes qué se dicta en la ley 1337.

Como estado se representa a toda la comunidad humana establecida sobre un territorio y con capacidad para desarrollar sus funciones políticas y económicas mediante la generación y organización de relaciones simultáneas de poder, solidaridad que se crea de manera interna y se proyecta al exterior.

En la finalidad del estado prima el bien supremo, o mejor dicho el bien común, y luego se plantea otros fines esenciales tales como el bienestar general y la seguridad integral, para lograr los fines mencionados se debe aplicar políticas de desarrollo y de defensa con estrategias desarrollo y defensa también.

La relación entre seguridad y defensa menciona a la seguridad es un estado una sensación o forma de sentirse ante una situación dada y sin embargo la defensa es el acto o actividad directamente ligada a determinado tipo de amenaza caracterizada y mencionada.

La defensa nacional es el procedimiento o acciones desarrollada exclusivamente por el estado para enfrentar cualquier tipo o forma de agresión externa qué pone en peligro la soberanía, la independencia, la integridad territorial de la República o el ordenamiento constitucional democrático vigente en la ley 1337.

La defensa nacional constituye un derecho y un deber de todos los paraguayos en la forma qué se establece en la Constitución nacional y las leyes, se debe de entender que la legitimidad se basa en el cumplimiento del marco legal en el cual las fuerzas armadas paraguayas establecen sus actuaciones y órdenes legales.

Mencionó que el servicio militar es una herramienta para que las fuerzas armadas puedan ser operativa y está regulada por ley las condiciones que se hará efectivo el deber cumpliendo con plena dignidad y respeto hacia la persona en tiempo de paz no se podrá exceder de dos meses en el que todo paraguayo tiene la obligación de prepararse y prestar su concurso para la defensa armada de la patria.

En la organización general de las fuerzas armadas de la nación mencionó el artículo tercero de las fuerzas armadas de la nación se organizan en base a la jerarquía, la disciplina y el servicio militar y en su artículo cuarto está regido por la Constitución Nacional sus leyes y reglamentos especiales qué comprende el servicio militar obligatorio y el servicio militar voluntario.

La defensa nacional no solo se incluye al sistema de defensa nacional, sino otros poderes lo integran y hacen a la defensa en convergencia armónica y conjunta para garantizar la seguridad integral del estado que se regula por normas, procesos y técnicas de procedimiento.

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